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Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
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Licda Noemy Méndez Madrigal
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1° de diciembre, 2005
Al contestar refiérase
al oficio Nº 15655
1° de diciembre, 2005
DI-CR-758
Licenciada
Noemy Méndez Madrigal
Auditora Interna
Dirección General del Archivo Nacional
Estimada señora:
Asunto:
Requisitos que deben ser observados para la atención de consultas formuladas por las Auditorías Internas de la Hacienda Pública.
Mediante nota A.I 82-2005 manifiesta el interés de esa Auditoría Interna de que esta Contraloría General, le aclare el alcance y aplicabilidad, a esa actividad, de la Circular Nº Co- 529 “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General del a República” de 26 de mayo del año 2000.
En relación con dicha circular, indica el numeral ocho “Las consultas…de las auditorías internas de los sujetos pasivos se regirán por la normativa que se emita sobre el particular”. De conformidad con lo anterior, en reiteradas oportunidades este Centro se ha referido a procedimientos y requisitos relacionados con las consultas que formulen los Auditores Internos a esta Contraloría General. A manera de ejemplo se citan los documentos Nºs 752 DI-CR-45 y 5405 DI-CR-217 de 27 de enero y 28 de mayo, ambos del año 2003, así como, el 12853 DI-CR-620 de 25 de octubre de 2004.
Asimismo, corresponde a las Auditorías Internas, en la solicitud de atención de consultas que presenten a este Órgano Contralor, observar los requisitos que deben cumplirse y disponibles en la dirección electrónica www.cgr.go.cr, con la cadena de hipervínculos: Temas?Asuntos de la Auditoría Interna?Común a TODOS los sectores?3.Cuadros Informativos-Documental?1.Trámites ante el Centro de Relaciones para el Fortalecimiento del Control y la Fiscalización Superior ...
Fecha publicación: 26/11/2005
Fecha emisión: 23/11/2005
Institución: DIRECCION GENERAL DEL ARCHIVO NACIONAL
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
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M.A. Carlos García Alvarado
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28 de noviembre, 2005
Al contestar refiérase
al oficio Nº 15480
28 de noviembre, 2005
DI-CR-747
Máster
Carlos García Alvarado
Contralor
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto:
Remisión de oficio DAGJ-3413-2005 en respuesta a su oficio OCU-359-2005 sobre solicitud de criterio de esta Contraloría General con respecto a información no suministrada por la Caja Costarricense del Seguro Social a la Auditoría de la Universidad de Costa Rica.
De conformidad con lo manifestado en el oficio DI-CR-379 y en atención a su oficio OCU-359-2005, referente a su consulta formulada a esta Contraloría General de la República, sobre la legitimación que corresponde a esa Auditoría para solicitar a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) información sobre los compromisos laborales de funcionarios de la Universidad de Costa, que cuentan con contratos de dedicación exclusiva suscritos con esa institución, a efectos de verificar la posibilidad de que se encuentren prestando servicios para otros patronos públicos o privados, me permito hacer de su conocimiento el oficio DAGJ-3413-2005, que corresponde al criterio emanado por la División de Asesoría y Gestión Jurídica de este Órgano Contralor en respuesta a su solicitud.
Al respecto, cabe señalar que dicho criterio técnico es claro en establecer los alcances del artículo 63 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, en el sentido de que la citada norma no reviste un carácter de restricción absoluta de brindar la información solicitada, como se entiende por parte de las autoridades de esa institución. Por el contrario, dado el propósito particular con el que se requiere esa información por parte de la ...
Fecha publicación: 22/11/2005
Fecha emisión: 22/11/2005
Institución: UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
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Sres. Concejo Municipal de Grecia
Licda. Adilsa Suárez Alfaro
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15 de noviembre, 2005
Al contestar refiérase
al oficio Nº 14614
15 de noviembre, 2005
DI-CR-726
Señores
Miembros
Concejo Municipal
Licenciada
Adilsa Suárez Alfaro
Auditora Interna
MUNICIPALIDAD DE GRECIA
Estimados señores:
Asunto:
Criterio sobre el control de entrada y salida de la Auditora Interna a la Municipalidad de Grecia.
Se atiende el oficio sin número del 27 de setiembre del presente año, en el cual se consulta sobre la obligación que tiene la Auditora Interna de la Municipalidad de Grecia en cuanto a marcar su entrada y salida a esa Corporación Municipal.
Al respecto, se informa que, este Despacho ya se pronunció sobre el tema en cuestión, según el memorial No. 14452 (DI-CR-750) del 18 de noviembre del 2004. En lo conducente, se indicó lo siguiente:
“Para los fines que usted considere pertinentes, adjunto a la presente nota se le remiten dos oficios emitidos sobre este tema. Además, cabe agregar y enfatizar brevemente algunos puntos al respecto. Primero, es claro para esta Contraloría General que el titular de la auditoría interna, como cualquier otro funcionario del ente u órgano, está en la obligación de observar el horario institucional establecido, independientemente de que marque o no las entradas y salidas. Segundo, también le es claro que la independencia funcional y demás potestades de la auditoría interna que se encuentran en la Ley General de Control Interno, se dispusieron para facilitar el trabajo de fiscalización que debe realizar ?de lo que se infiere también que la auditoría interna no puede utilizarlas para otros fines?. De manera que cualquier acción administrativa que las limite carece de valide ...
Fecha publicación: 17/11/2005
Fecha emisión: 14/11/2005
Institución: MUNICIPALIDAD DE GRECIA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
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Sr. Guido Sáenz González
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11 de noviembre, 2005
Ministro de Cultura, Juventud y Deportes
DI-CR-722 (14533)
Al contestar refiérase
al oficio Nº 14533
11 de noviembre , 2005
DI-CR-722
Señor
Guido Sáenz González
Ministro
Ministerio de Cultura Juventud y Deportes
Edificio antigua FANAL, frente al Parque España
San José
Estimado señor:
Asunto:
Responsabilidad sobre los Sistemas de control interno de los Órganos Desconcentrados del Ministerio de Cultura Juventud y Deportes.
Se da respuesta a su nota MCJD-DM-APDI-1427-05, mediante la cual solicita criterio a esta Contraloría General en relación con su responsabilidad como jerarca y la de la Asesoría de Planificación y Desarrollo Institucional de ese Ministerio (Unidad Coordinadora del Sistema de Control Interno —que incluye el proceso de autoevalución y el Sistema Específico de Valoración del Riesgo—), sobre los sistemas de control interno de los Órganos Desconcentrados del Ministerio.
Se deriva de su solicitud que en cumplimiento por parte de ese Ministerio, de lo dispuesto en los artículos Nºs 10, 17, inciso c) y 18, de la Ley de control interno (más adelante LGCI), se han venido realizando esfuerzos para mejorar los controles internos en ese Ministerio. Al respecto es importante comentar que el orientar los esfuerzos hacia la obtención de sistemas de control interno completos, aplicables, razonables, integrados y congruentes con las competencias y atribuciones institucionales, resulta sumamente útil para, entre otros, la administración activa dirija su gestión y obtenga una seguridad razonable de que las actividades institucionales se están conduciendo al logro de los objetivos propuestos.
Asimismo, se agrega a la consulta, el esfuerzo que ...
Fecha publicación: 12/11/2005
Fecha emisión: 09/11/2005
Institución: MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
Tesauro: Seguimiento del sistema de control interno
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Licda. Celina Víquez González
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10 de noviembre, 2005
DI-CR-719
Al contestar refiérase
al oficio Nº 14369
10 de noviembre, 2005
DI-CR-719
Licenciada
Celina Víquez González
Auditora Interna
POPULAR SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN, S.A.
Estimada señora:
Asunto:
Criterio sobre las órdenes dirigidas a la Auditoría Interna de Popular Sociedad de Fondos de Inversión, S.A. de rendir informes periódicos sobre los estados financieros de la Sociedad y de dar seguimiento a los acuerdos de Junta Directiva.
Con el propósito de que lo haga de conocimiento de la Junta Directiva del Popular Sociedad de Fondos de Inversión, S.A., me refiero a su misiva No. SFI-125-2005 del 12 de setiembre del 2005, en el cual consulta lo siguiente:
“1. Siendo que para rendir informes sobre los estados financieros cada 2 meses esta auditoría debe realizar el estudio correspondiente para 7 estados financieros, que corresponden a 6 estados financieros correspondientes a los fondos de inversión y el de la Sociedad Administradora, y que no se cuenta con los recursos humanos, ni materiales para realizarlo ¿Debo cumplir con lo acordado por la Junta Directiva?
2.¿Debe esta auditoría incluir dentro de su plan de trabajo una actividad permanente que consiste en el seguimiento de acuerdos de Junta Directiva cada 2 meses tal como lo requiere ese Órgano Colegiado mediante el acuerdo en mención?”
Sobre el particular, es pertinente recordar que tanto la revisión periódica de los estados financieros de la entidad denominada Popular Sociedad de Fondos de Inversión, S.A.- así como el seguimiento de acuerdos de Junta Directiva son actividades que forman parte del control interno de la Institución, y como bien es sabido, la co ...
Fecha publicación: 12/11/2005
Fecha emisión: 09/11/2005
Institución: POPULAR SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSION SOCIEDAD ANONIMA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
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Sra. Lianette Medina Z.
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7 de noviembre, 2005
Al contestar refiérase
al oficio Nº 14065
7 de noviembre, 2005
DI-CR-708
Señora
Lianette Medina Z.
Directora
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO (INCOP)
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de criterio sobre si al realizar una evaluación de los
principales procesos se estaría cumpliendo con la Ley General de
Control Interno.
Me refiero a su nota No. DPD-282-05 del 05 de octubre recién pasado dirigida a la Jefatura del Centro de Relaciones para el Fortalecimiento del Control y la Fiscalización Superiores, en la cual solicita el criterio sobre si: “¿Se puede realizar una evaluación de los principales procesos y con esto se estaría cumpliendo con la Ley General de Control Interno? Esta pregunta le fue planteada a Usted, en reunión realizada en su Despacho obteniendo una respuesta positiva; pero por instrucciones del Ing. Urías Ugalde Varela, Gerente General del INCOP, se le plantea por escrito, para contar con su criterio formal.”
Al respecto, cabe indicar a esa Administración que, para efectos de tramitar este asunto ante la Contraloría General de la República, debe cumplirse con lo dispuesto en la circular Nº CO-529 de 26 de mayo del 2000 “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”. Dicha circular, específicamente, en el aparte 3 señala que toda consulta debe acompañarse del dictamen de la unidad especializada del órgano o ente consultante, en la materia de que se trate y el aparte 4 indica que cuando las consultas sean de índole legal se requerirá el respectivo criterio jurídico, el cual deberá contener la normativa que se considera aplicable al caso, la doctrina ...
Fecha publicación: 03/11/2005
Fecha emisión: 31/10/2005
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
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Adilsa Suárez Alfaro
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3 de noviembre, 2005
Municipalidad de Grecia
DI-CR-700
Al contestar refiérase
al oficio Nº 14017
3 de noviembre, 2005
DI-CR-699
Licenciado
Gerardo Villalobos Leitón
Auditor Interno
MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Estimado señor:
Asunto:
Problemática para la Auditoría Interna de la Municipalidad de Tibás relacionada con la asignación de recursos por parte del Concejo Municipal, para el período del 2006.
Me refiero a su oficio AIM-697-05 del pasado 11 de octubre, mediante el cual se expone una problemática relacionada con la asignación de presupuesto a la Auditoría Interna de la Municipalidad de Tibás, particularmente sobre el rechazo de los recursos adicionales para el ejercicio 2006, solicitados por dicha Auditoría al Concejo Municipal.
Con instrucciones superiores y con todo respeto, es menester indicar que las razones que aduce el Concejo Municipal son argumentos importantes de considerar y lamentablemente su solicitud carece de argumentos objetivos (datos y/o hechos) que permitan concluir que lleva razón esa Auditoria.
En vista de lo anterior, se insta respetuosamente a que identifique, analice y documente las consideraciones del Concejo y una vez que se cuente con los argumentos pertinentes, dentro del marco de las buenas relaciones y respeto que debe primar, se gestione ante ese jerarca de la mejor forma con datos lo correspondiente, en caso de proceder.
Atentamente,
Lic. Alfredo Bettoni Cortés
Fiscalizador
ABC/MCA/Mra*
Ci
Licda. Mayra González León, Alcaldesa, Municipalidad de Tibás
Concejo Municipal de Tibás
Licda. Hady Mena Bonilla, Gerente del Área de Servicios Municipales-DFOE ...
Fecha publicación: 31/10/2005
Fecha emisión: 28/10/2005
Institución: MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
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Lic. Marvin Arias Aguilar
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x de xx,2005
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13565
28 de octubre, 2005
DI-CR-669
Licenciado
Marvin Arias Aguilar
Auditor General
Banco Nacional de Costa Rica
Estimado señor:
Asunto:
Acuse de recibo del Reglamento de organización y funcionamiento de la Auditoría Interna del Banco Nacional y archivo del citado documento.
Se acusa recibo del oficio AG-140-2005 mediante el cual se remitió “para su conocimiento y aprobación”, el Reglamento de organización y funcionamiento de la Auditoría Interna del Banco Nacional de Costa Rica (en adelante Reglamento).
De conformidad con instrucciones de la jefatura de este Centro, se le indica que de garantizar esa Auditoría Interna que el Reglamento cumple a cabalidad con la normativa legal, técnica y reglamentaria pertinente, y que ese instrumento cuenta con la aprobación del jerarca respectivo, se acate lo allí indicado, sin perjuicio de que una vez que se publiquen las Directrices generales que deben observarse en la formulación, aprobación y promulgación del reglamento de organización y funcionamiento de las auditorías internas se tomen las acciones que correspondan.
Por lo anterior, se procede al archivo del Reglamento sin más trámite.
Atentamente,
Licda Beleida Rodríguez González
Fiscalizadora
BRG/MCA/ech*
Ci:
Archivo Central (2)
Copiador
NI:22004-2005
(: criterios y pronunciamientos
art. 23 de la LGCI
Tel. (506) 220 3120
Fax. (506) 220 4385
http://www.cgr.go.cr Apto. 1179-1000, San José, Costa Rica
Correo Electrónico: contraloria.general@cgr.go.cr
Tel. (506) 220 3120
Fax. (506) 220 4385
http://www.cgr.go.cr Apto. 1179-1000, San José, Costa Rica
Correo Electronico: inforc ...
Fecha publicación: 29/10/2005
Fecha emisión: 26/10/2005
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
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Lic. Carlos M. Sanabria Nájera
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2 de noviembre, 2005
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13896
2 de noviembre, 2005
DI-CR-688
Licenciado
Carlos M. Sanabria Nájera
Auditor Interno
Colegio de Contadores Privados de Costa Rica
Estimado señor:
Asunto:
Remisión de criterio de la División de Asesoría y Gestión Jurídica sobre la aplicación de la Ley General de Control Interno al Colegio de Contadores Privados de Costa Rica
En atención a la consulta que usted planteó ante este Centro de Relaciones para el Fortalecimiento del Control y la Fiscalización Superiores (CenRel) mediante nota del 14 de febrero de 2005, se adjunta copia del oficio Nº 11818 (DAGJ-2793) del 20 de setiembre recién pasado, en el cual la División de Asesoría y Gestión Jurídica (DAGJ) respondió la gestión formulada por el Presidente del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica mediante nota Nº JD?377?2005 para que se le indicara si la Ley General de Control Interno debe ser observada por esa agrupación profesional. En su conclusión, el oficio mencionado declara lo siguiente:
“En criterio de este Despacho, el Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, en tanto ente público no estatal, es sujeto pasivo de las potestades y competencias de fiscalización facultativas de la Contraloría General, en consecuencia, se encuentra alcanzado por las disposiciones de la Ley General de Control Interno y, en esa medida, resulta vinculado por los ‘Lineamientos para la descripción de las funciones y requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos (L?1?2003?CO?DDI).”
No obstante, puesto que su consulta se refiere específicamente a la aplicabilidad, para ese Colegio, de las regulaciones de dicha ley en materia de auditoría interna, se ha ...
Fecha publicación: 28/10/2005
Fecha emisión: 25/10/2005
Institución: COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
División de Desarrollo Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
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División de Desarrollo Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
Lic. Roy Guerrero Olivares
2
25 de octubre, 2005
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13519
25 de octubre, 2005
DI-CR-662
Licenciado
Roy Guerrero Olivares
Asesor
Comisión de Cooperativas
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimado señor:
Asunto: Participación de la Auditoría Interna del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP) en funciones administrativas
De acuerdo con nuestra conversación vía telefónica en días pasados referente a la modificación que se pretende realizar a la Ley del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), se considera conveniente referir de nuevo y por escrito lo indicado en el artículo 160 del texto base de discusión aprobado en Sesión Nº 5 del 7 de setiembre del 2005, expediente 15823, donde se pretende atribuirle a la Auditoria Interna de dicha Institución funciones administrativas, las cuales riñen con el artículo 34 de la Ley General de Control Interno, que en lo que interesa, establece lo siguiente:
“ARTICULO 34.- Prohibiciones / El auditor interno, el subauditor y los demás funcionarios de la auditoría interna, tendrán las siguientes prohibiciones: a) Realizar funciones y actuaciones de administración activa, salvo las necesarias para cumplir su competencia.”. (el subrayado no es del original)
Sobre lo anterior, es conveniente indicar que dicho artículo pretende preservar la objetividad e independencia funcional y de criterio de la Auditoría Interna previstas en los artículos 21 y 25 de la Ley en comentario, donde se establece el concepto funcional de auditoría interna, de la siguiente manera:
“La auditoría interna es la actividad independiente, objetiva y asesora, que proporciona seguridad al ente u órgano…”
“Los funcionarios de la auditoría ...
Fecha publicación: 27/10/2005
Fecha emisión: 24/10/2005
Institución: MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS